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Tribunal cubano modifica sanción de pena de muerte por 30 años contra terrorista Otto René Rodríguez


La Sala contra los Delitos de la Seguridad del Estado del Tribunal Supremo Popular decidió este lunes 6 de diciembre modificar la sanción de pena muerte por la de 30 años, a Otto René Rodríguez Llerena por el delito de terrorismo de carácter continuado.

Rodríguez Llerena, ciudadano salvadoreño, colocó el 3 de agosto de 1997 un artefacto explosivo debajo de una butaca en el hall del hotel habanero Meliá Cohiba, y la programó para que explotara a las siete y cuarto de la mañana del día siguiente.

Aunque esta bomba no provocó víctimas, sí ocasionó daños en el hotel valorados en 6.500 dólares.
Por el cumplimiento de esta misión, el mercenario salvadoreño recibió 1.000 dólares que, según dijo en el juicio que se le siguió en La Habana, le entregó Posada Carriles.

Diez meses después de colocar la bomba en el hotel Cohiba, Rodríguez Llerena viajó nuevamente a La Habana, a donde llegó el 10 de junio de 1998, a cumplir una nueva misión encomendada por Posada Carriles: introducir en Cuba 1 519 gramos de explosivos C 4, dos detonadores y dos relojes para activar los explosivos. En esta ocasión fue detectado por agentes aduaneros y detenido.

Rodríguez Llerena confesó en la vista que esos explosivos tenía que entregarlos al ciudadano cubano Juan Francisco Fernández Gómez (agente Félix de la Seguridad del Estado cubana), pues, según dijo, “Ignacio Medina (Posada Carriles) me pidió que cumpliera otra misión terrorista para él y, al negarme, me ofreció 200 dólares y los gastos del viaje para traer y entregar los explosivos a Juan Francisco, cosa que acepté”.

El pasado viernes el Tribunal Supremo acordó sustituir la sanción original de pena de muerte que se le impuso a otro terrorista salvadoreño, René Cruz León, por la de 30 años de privación de libertad.